GIMENEZ, SILVANA FRANCISCA Y OTROS c/ PREVENCION ART S.A. Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe anuló una sentencia que rechazaba una demanda por fallecimiento en accidente laboral, argumentando que la valoración fragmentada y parcializada de las pruebas vulneró derechos constitucionales y garantías procesales. La causa fue remitida para un nuevo pronunciamiento.
- Quién demanda: Silvana Francisca Giménez y sus hijos, en reclamo de indemnización por fallecimiento del señor Luis Antonio Reible.
¿A quién se demanda?
Prevención ART y Mauro Daniel Sartore, por incumplimientos en obligaciones de seguridad y prevención.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización especial y sistémica por muerte del trabajador, alegando relación laboral y negligencias en control médico y exámenes pre-ocupacionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte anuló la sentencia de Cámara que desestimó la reclamo, por considerar que el fallo no analizó adecuadamente la totalidad de las pruebas y que vulneró derechos constitucionales, ordenando un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El A quo confirmó el rechazo de la referida reparación sistémica bajo los argumentos de que 'no media demostración o indicio alguno de la supuesta idoneidad de las tareas ejecutadas por el trabajador y sus circunstancias para influir de alguna manera -como causa o concausa
- en la producción del daño'.
Frente a ello, se advierte que el Tribunal, si bien tuvo en cuenta lo informado por el perito en higiene y seguridad, referido a la ausencia de informe -por parte del empleador
- de agentes de riesgo que ameritasen la realización de exámenes periódicos por parte de la aseguradora -los cuales eventualmente hubiesen permitido identificar las patologías del señor Reible-, omitió analizar el referido dictamen en su totalidad.
Pues, de una simple lectura del mismo se extrae con meridiano detalle tanto las tareas principales realizadas por Reible -consistentes en la conducción del vehículo de transporte de carga de larga distancia
- no controvertidas y las tareas anexas a la principal, como ser, control de carga, instruir al personal de carga sobre la ubicación de la misma dentro de la unidad, control administrativo correspondiente, control de descarga, carga de combustible, mantenimientos eventuales en ruta, controles de estado de la unidad, entre otros-, como la presencia de los factores o agentes de riesgo individualizados y explicados por el experto en relación a las tareas de chofer señaladas.
Sustancialmente informó que 'todo conductor de vehículo cualquiera sea su porte, está sometido no sólo a los riesgos de la conducción en sí, sino también a diversos problemas que surgen alterando el sistema de salud del individuo que maneja... permanente estado de atención y concentración a consecuencia de la tensión y el estrés a que se ve sometido por el tránsito vehicular...'.
Y en cuanto a las tareas específicas de chofer de larga distancia, el experto describió: '...trabajo en solitario, lo que determina en muchas ocasiones, efectos psicológicos indeseados, trastornos psicosomáticos y sociales que también agravan su estrés... todo el tiempo en forma
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