BUSTOS, ALEJANDRO RUBEN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL VARELA, FERNANDO HERNAN Y BUSTOS, ALEJANDRO RUBEN s/ FALSEDAD IDEOLOGICA DE DOCUMENTO PUBLICO AGRAVADO POR SER FUNCIONARIO PUBLICO Y OTROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Cámara de Rosario, argumentando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales en la decisión de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Alejandro Rubén Bustos (defensor en recurso de inconstitucionalidad)
¿A quién se demanda?
Corte Suprema de Santa Fe (en ejercicio de recurso extraordinario)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la constitucionalidad y la arbitrariedad de la sentencia que confirmó la condena por falsedad ideológica y la pena de prisión perpetua, alegando vulneración de derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó el recurso extraordinario, considerando que la apelante no refutó los motivos que justificaron la decisión del tribunal de origen, y que los agravios planteados eran insuficientes para justificar la intervención del máximo tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El remedio deducido contra el acuerdo de esta Corte registrado en A. y S. N. 103, Año 2024 (fs. 101/104v.) no cumple con los recaudos establecidos en los incisos 'd' y 'e' del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal de la Nación, toda vez que la presentante no refuta todos y cada uno de los motivos independientes que dieron sustento a aquél en relación con las cuestiones federales alegadas, así como tampoco demuestra que medie una vinculación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho aducido."
"En efecto, en relación a la arbitrariedad en la que habría incurrido esta Corte al tratar las críticas dirigidas a la valoración que los Sentenciantes hicieran de las conclusiones a las que arribó la Junta Especial de Salud Mental, lo cierto es que este Tribunal analizó los agravios defensivos en confrontación con la fundamentación esgrimida por la Alzada al convalidar la condena dictada en primera instancia y concluyó que aquéllos se reducían a una mera discrepancia interpretativa, en tanto la impugnante no lograba demostrar la irrazonabilidad de los fundamentos que los Judicantes brindaran al determinar -sin duda razonable
- que Bustos había comprendido la criminalidad de cada uno de sus actos, siendo capaz de dirigir sus acciones de conformidad con ella."
Asimismo, la Corte afirmó que los agravios en relación a la valoración del delito de falsedad ideológica y la constitucionalidad de la pena perpetua eran genéricos y no aportaban argumentos suficientes para cuestionar la decisión. Finalmente, concluyó que la decisión impugnada fue fundada y que no existían motivos para su revisión en sede federal.
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