BUSTOS, RUBEN OSCAR s/ HOMICIDIO SIMPLE
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando la pena a diecisiete años de prisión por el homicidio de Juan Carlos Ortiz. La decisión se fundamentó en la valoración de la prueba y la gravedad del hecho.
Actor: El Tribunal Pluripersonal de Juicio Oral de Rosario (en primera instancia) Demandado: Rubén Oscar Bustos Objeto: Impugnación de la sentencia condenatoria y solicitud de absolución Decisión: La Cámara confirmó la condena de diez años, pero modificó la pena a diecisiete años de prisión, considerando la gravedad del hecho y la valoración probatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal valoró la declaración del coimputado Miño, quien aportó una narración creíble y consistente, en contraste con la de Bustos, que fue contradictoria y no convincente. La declaración del celador Altamirano, que observó a los acusados frente a la celda 7, corroboró la versión de Miño. La mecánica del incendio, las pericias médicas y la inverosimilitud de las versiones de Bustos sustentaron la responsabilidad del condenado. La valoración conjunta de la prueba llevó a confirmar la responsabilidad penal de Bustos y a elevar la pena de diez a diecisiete años, por su participación en el homicidio con circunstancias agravantes, como la crueldad y la indefensión de la víctima. La defensa no logró desvirtuar la responsabilidad ni justificar la reducción de la pena, y los agravios respecto a la valoración de la prueba y la calificación legal fueron rechazados. La Cámara consideró que la pena impuesta debía reflejar la gravedad del hecho y la responsabilidad acreditada, por lo que se ajustó la misma en función de los agravantes y la valoración de la prueba.
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