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VALENZUELA. NICOLAS JORGE CARLOS c/ ROMERO. SANDRA ELISABETH s/ DESALOJO

La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe revoca la sentencia de primera instancia y adopta una decisión favorable al actor, ordenando el desalojo del inmueble en base a la inexistencia de prueba de la posesión o simulación del acto de compra.

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¿Quién es el actor?

Nicolás Jorge Carlos Valenzuela (propietario del inmueble).

¿A quién se demanda?

Sandra Elisabeth Romero y/o terceros ocupantes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Desalojo del inmueble sito en calle Perussia N° 3.183, por ocupación indebida.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y declara fundada la demanda de desalojo, ordenando la restitución del inmueble en un plazo de 15 días, con medidas de protección de derechos vulnerables y organización de audiencia para acordar el procedimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El juicio de desalojo es 'especial' porque con él solo se permite demandar la obligación de restituir o entregar (art.517 CPCC), cuyo objeto es la tenencia u ocupación material de una cosa cierta, mueble o inmueble, sin analizar los derechos de posesión o dominio que necesitarían mayor sustanciación, en proceso 'plenario'... La posición jurisprudencial que considera legitimado para promover el desalojo al adquirente sin posesión, refuerza la legitimidad del actor en el presente caso." "No existen elementos que respalden la alegación de posesión por parte de la demandada ni que evidencien actos concluyentes que puedan considerarse de interversión de título. La escritura pública y la documentación presentada por el actor acreditan la propiedad, y las declaraciones de la demandada no demuestran la existencia de posesión con carácter de dominio." "El carácter simulado del acto de compraventa registrado en escritura pública no fue debidamente probado ni promovido en reconvención ni en acción autónoma, por lo que su declaración en la sentencia configura apartamiento del principio de congruencia procesal y vulnera el derecho de defensa del actor." "La normativa vigente y la jurisprudencia establecen que, en juicios de desalojo, no corresponde analizar cuestiones de posesión, dominio o simulación, sino únicamente la obligación de restitución del bien. La escritura pública goza de plena fe hasta que sea declarada falsa en juicio." "Por todo ello, la decisión del juzgado de primera instancia debe ser revocada, ordenando el desalojo en los términos señalados, atendiendo además las consideraciones de vulnerabilidad social y protección de derechos de menores y personas con discapacidad."

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