AGUSTINI, LEANDRO c/ NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. s/ DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO
La Cámara de Reconquista confirmó la sentencia que rechazó la demanda de daños por débitos compulsivos en préstamos bancarios, sosteniendo que el stop debit en contratos de préstamos electrónicos requiere orden judicial y que la normativa del BCRA no impone cese inmediato extrajudicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Reconquista analizó un recurso de apelación interpuesto por un actor que reclamaba el cese de débitos automáticos en tres contratos de préstamos efectivos mediante canales electrónicos y la reparación de daños patrimoniales y extrapatrimoniales. La sentencia de primera instancia rechazó las pretensiones de daños, confirmando que la normativa del BCRA y el marco legal vigente establecen que el "stop debit" en préstamos electrónicos requiere una orden judicial, y no puede considerarse un derecho automático del consumidor. El tribunal argumentó que la Comunicación A 6148 del BCRA, en su "etc.", no contempla específicamente los créditos de préstamos bancarios, y que la cláusula contractual que faculta al consumidor a solicitar la suspensión no es suficiente para ordenar el cese inmediato sin intervención judicial. Además, se sostuvo que la normativa del art. 37 de la Ley de Defensa del Consumidor (LDC) y los antecedentes jurisprudenciales respaldan que el cese del débito en estos casos siempre deriva de una orden judicial previa, y que la vía judicial es la adecuada para la declaración de ilicitud o ineficacia del débito. La Cámara reafirmó la validez del fallo en cuanto a la improcedencia de la reparación de daños, incluyendo daño moral y punitivo, y la publicación de la sentencia, dado que el derecho del consumidor a solicitar el "stop debit" sólo se materializa a través de una orden judicial. La decisión fue respaldada por los tres jueces, quienes coincidieron en que no existía fundamento para modificar la resolución de primera instancia, imponiendo las costas a la parte actora.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: