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ORONA, BRIAN EZEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ORONA, BRIAN EZEQUIEL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES GRAVES CALIFICADAS POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y ABUSO DE ARMAS EN CONCURSO REAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad formulado por la defensa de Brian Orona en un juicio por homicidio agravado, confirmando la constitucionalidad del acuerdo del tribunal inferior que mantuvo la condena de 20 años de prisión basado en análisis de prueba y valoración de testigos.

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- Quién demanda: La defensa de Brian Ezequiel Orona

¿A quién se demanda?

La Corte de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 77 del 12 de marzo de 2024, por supuesta arbitrariedad y vulneración de principios constitucionales, específicamente del principio de congruencia y derecho de defensa.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja, confirmando la constitucionalidad y validez del acuerdo del tribunal inferior, y sosteniendo que los agravios son cuestiones de hecho y valoración probatoria que no ameritan revisión en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que las alegaciones de la defensa respecto a la valoración de la prueba, la responsabilidad penal y la participación del imputado constituyen en realidad un disenso con las interpretaciones del tribunal inferior, las cuales fueron fundamentadas en la valoración de la prueba y en la lógica jurídica. La Cámara analizó en detalle la credibilidad de testigos, la identificación de Orona, y la coherencia de la prueba balística y pericial, concluyendo que no existían indicios de arbitrariedad ni vulneración constitucional. Además, explicó que las cuestiones relacionadas con la interpretación de la prueba y la valoración de los hechos no son materia de revisión en esta vía extraordinaria, reiterando la jurisprudencia que indica que la revisión de las valoraciones probatorias no corresponde en recursos de queja. La decisión fue unánime y se fundamentó en que las alegaciones no evidencian irregularidad constitucional alguna, sino desacuerdos sobre la valoración de la prueba y la responsabilidad penal del imputado.

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