SIAP S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE SUNCHALES s/ COBRO DE PESOS
La Cámara de lo Contencioso Administrativo declaró su competencia para entender en el caso por tratarse de una controversia contractual que involucra elementos del Derecho Administrativo. La decisión se fundamentó en que el contrato fue suscripto mediante licitación pública y con cláusulas que revelan su naturaleza administrativa.
Quién demanda: SIAP S.R.L., en carácter de contratista del servicio de gestión y cobro extrajudicial del impuesto de patente única de vehículos en favor de la Municipalidad de Sunchales.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Sunchales.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por servicios prestados conforme a contrato, intereses y costas procesales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró competente a esta jurisdicción para entender en la causa, por tratarse de un caso que involucra un contrato administrativo sometido a la ley 11.330. Fundamentos principales de la decisión: Se concluye que la pretensión se funda en el incumplimiento de un contrato administrativo, cuya suscripción fue precedida por licitación pública y presenta cláusulas que revelan la utilización de "formas y técnicas" del Derecho Administrativo, por lo que la competencia debe ser de esta Cámara. La sentencia citó jurisprudencia de la Corte Suprema y de esta Cámara que avalan la competencia en casos que implican la aplicación e interpretación de contratos administrativos. Se aclaró que la cláusula de competencia del contrato no impide que la jurisdicción contencioso administrativa tenga competencia, dado que esta es improrrogable por ley y que la naturaleza del asunto es claramente administrativa.
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