FORESTAL SAUCE VIEJO S.A. Y OTROS c/ MALVICINO S.A. Y OTROS s/ INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó en lo principal, rechazando los agravios de la fallida Malvicino S.A. y ordenando la procedencia de ciertos créditos verificados en el proceso de quiebra.
- Quién demanda: Forestal Sauce Viejo S.A., en representación de los créditos cedidos por Ángel Pedro Malvicino.
¿A quién se demanda?
Malvicino S.A., en concurso preventivo y quiebra.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento y verificación de créditos en favor de Forestal Sauce Viejo S.A. y/o Ángel Pedro Malvicino, incluyendo asistencias financieras, aportes y otros conceptos, además de intereses y efectos de la cesión de créditos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la veracidad y la verificación de los créditos, rechazó los agravios por improcedentes y ordenó la liquidación de intereses y la realización de los créditos en la proporción que corresponda, manteniendo los criterios del tribunal inferior en cuanto a la valoración probatoria y las constancias de los libros contables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema de Santa Fe, en recurso extraordinario, anuló la sentencia anterior y ordenó que la causa fuera juzgada nuevamente, resaltando que la prueba documental y contable, así como los informes periciales, avalan la crédito verificado. La jurisprudencia destaca que el valor probatorio de los libros y registros contables, en especial si están certificados y peritados, debe ser considerado en la verificación de créditos, y que la valoración de la prueba debe ajustarse a los principios de seguridad jurídica y economía procesal. La Cámara, en sede de reenvío, aplicó estos lineamientos y rechazó los agravios de la fallida, ratificando la credibilidad de las constancias y la correcta valoración de la prueba.
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