VERA, PEDRO s/ EJECUCION PENAL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal rechazó la apelación de la defensa y confirmó la revocación de la libertad condicional de Pedro Vera por incumplimiento de las condiciones impuestas y por estar detenido en otro proceso judicial. La decisión se fundamentó en la evidencia y el cumplimiento normativo.
Actor: La Fiscalía y el Juzgado de Primera Instancia. Demandado: Pedro Vera. Objeto: La revocación de la libertad condicional otorgada a Vera, por incumplimiento de las condiciones y por encontrarse detenido en otro proceso judicial. Decisión: La Cámara confirma la revocación de la libertad condicional y mantiene la resolución del juez de primera instancia, argumentando que Vera incumplió las condiciones impuestas, como el cambio de domicilio sin autorización, y su detención en otra causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 15 del CPA establece que la libertad condicional será revocada cuando el penado cometa un nuevo delito o violare la obligación de residencia. En estos casos no se computará, en el término de la pena, el tiempo que haya durado la libertad." La sentencia destaca que Vera se mudó de domicilio sin autorización judicial y que está detenido en otra causa, lo cual implica incumplimiento de las condiciones. La jurisprudencia citada señala que la obligación de residencia es de cumplimiento obligatorio y que el incumplimiento, además de la detención en otra causa, justifica la revocación del beneficio. La Cámara argumenta que "el condenado violó la obligación de residencia y está en prisión preventiva en otra causa, circunstancia que impide continuar en libertad condicional". Además, se resalta que el juez de primera instancia actuó conforme a derecho, valorando adecuadamente las constancias y pruebas, y que no se evidenció vulneración del debido proceso ni arbitrariedad en su resolución.
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