PINTO, MARISA GUADALUPE c/ MORANDO, JORGE DANTE Y OTROS s/ JUICIO ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso de apelación contra el rechazo de la revocatoria y confirmó la decisión del juez de primera instancia que condicionó la escrituración a la realización del pago de honorarios y aportes previsionales, argumentando la normativa aplicable y la inexistencia de excepciones en el caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quiere demandar la actora, Marisa Guadalupe Pinto, la inscripción de dominio de un inmueble en virtud de una acción de escrituración por incumplimiento de contrato de compraventa por parte de la demandada Jorge Dante Morando y otros. La sentencia de primera instancia rechazó la revocatoria y concedió la apelación, sosteniendo que la inscripción no puede hacerse sin el cumplimiento del artículo 34 de la ley 6767, que exige el pago de honorarios y aportes previsionales como condición previa. La actora recurrió alegando que la acción no encuadra en dicha norma y que su cumplimiento no debe condicionar la escrituración, proponiendo alternativas como la conformidad del profesional para evitar el pago completo. La Cámara de apelaciones sostuvo que la normativa impone expresamente esa condición y que su excepción no aplica en este caso, por tratarse de intereses privados y no de orden público. Además, consideró que existen otras soluciones menos gravosas, como la prestación de caución o fianza, y que la interpretación normativa debe ser funcional y flexible, pero sin desbordar la competencia del tribunal. En consecuencia, rechazó el recurso y confirmó la decisión de primera instancia.
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