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PORRO, FRANCISCO JOSE IGNACIO c/ ASOCIART S.A. ART s/ REGULACION DE HONORARIOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revoca parcialmente la regulación de honorarios del actor, reduciéndola en un 50%, por considerar que los honorarios inicialmente fijados fueron excesivos, dado que la labor profesional no evidenció mayor extensión o complejidad. La decisión se fundamenta en precedentes jurisprudenciales y en la valoración de las tareas efectivamente acreditadas en autos. La sala concluye que la labor desarrollada en sede administrativa no justifica la cuantía inicialmente regulada y que, en consecuencia, corresponde ajustar los honorarios a la mitad de la suma originalmente establecida, en línea con la jurisprudencia local y la normativa aplicable. Además, se determina que el recurso no devengará honorarios y se exceptúa de todo gravamen.

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- Quién demanda: Francisco José Ignacio Porro (Actor)

¿A quién se demanda?

Asociación Art S.A. A.R.T. (Demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la regulación de honorarios profesionales del actor, específicamente la suma de $1.046.792,24, por labor en sede administrativa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, revocando parcialmente la regulación y estableciendo la suma en un 50% menor, es decir, $464.878,78, considerando que los honorarios inicialmente fijados resultaban excesivos por falta de acreditación de mayor extensión o complejidad en la tarea desarrollada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jurisprudencia de la Corte Suprema de la Provincia y de esta Cámara establece que los honorarios de los abogados en gestiones administrativas deben estimarse en un 50% del que corresponde en sede judicial, dada la menor complejidad y extensión de esas tareas. En este caso, la tarea del letrado consistió en gestionar divergencias ante la SRT, asistir en audiencia médica y homologar acuerdo, sin que la actividad evidencie mayor complejidad o una labor que justifique la cuantía inicialmente regulada. La documentación acreditada solo demuestra la realización de gestiones administrativas típicas, sin tareas adicionales que ameriten la suma originalmente fijada. Por ello, corresponde reducir los honorarios a la mitad, en línea con la jurisprudencia aplicable. Además, el recurso fue declarado sin devengo de honorarios y sin gravamen.

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