Logo

DE PEVERELLI, CARLOS ULISES c/ CAMPOS, MARCOS s/ DESALOJO

La Cámara de Apelación en lo Civil de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la validez del desalojo y rechazó las nulidades, además de distribuir las costas en contra de los demandados. La resolución se fundamentó en la consolidación del derecho del locador a desalojar por vencimiento del contrato y la indebida participación de fiadores sin calidad procesal.

Costas Recurso de apelacion Desalojo Vencimiento de contrato Apelacion Nulidad Fiadores Rosario. Prorroga dnu 320/20 Consolidacion del derecho


¿Quién es el actor?

Carlos Ulises De Peverelli, en representación del propietario del inmueble.

¿A quién se demanda?

Marcos Campos, locatario, y Daniela Nicola, continuadora del contrato de locación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Desalojo del inmueble y condena en costas, además de la declaración de nulidad del auto que condenaba en costas a fiadores no partes en el proceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la validez del desalojo y rechazó las nulidades, además de condonar las costas a los fiadores y condenar en costas a los demandados. La sentencia consideró que, al momento del fallo, Nicola ya no tenía derecho a permanecer en el inmueble, y que la participación de los fiadores en la condena en costas era improcedente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El argumento que esgrime la codemandada Nicola es francamente débil y peca de un excesivo rigor formal que derivaría en una marginación de los derechos sustanciales de las partes. El derecho de Nicola de permanecer en el inmueble venció [...] el 31/3/21, fecha en que finalizó la prórroga de los contratos de alquiler dispuesta por DNU (N° 320/20 y sus sucesivas prórrogas) con motivo de la situación epidemiológica generada por el Covid-19. La sentencia de desalojo se dictó casi siete meses después de ese vencimiento, el 26/11/21. De manera que cuando se dictó esa sentencia, Daniela Nicola ya tenía una obligación exigible de restituir y, por tanto, debía prosperar el desalojo." Además, se sostuvo que las costas deben ser distribuidas en función de la realidad jurídica vigente al momento del dictado de la sentencia y que la participación de fiadores en costas, sin ser parte en el proceso, constituye un vicio nulificante. En cuanto a las costas, se estableció que: "Las costas de segunda instancia serán a cargo de la recurrente vencida Daniela Nicola (artículo 251 del C.P.C.C.)." VOTOS:
- Pagnacco: propone confirmar la sentencia, declarar la nulidad del auto en costas a fiadores y condenar en costas a los demandados.
- Galfré: coincide con el voto del Dr. Pagnacco.
- Marchionatti: se abstiene por haber participado en la causa.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar