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F., S. A. c/ B. S., L. s/ FILIACION

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe resolvió aceptar el recurso de apelación extraordinario contra las resoluciones que rechazaron la reclamación respecto a la imposición de costas en un proceso de filiación. La Cámara modificó la decisión y dispuso que las costas sean a cargo del demandado, considerando que el tribunal de primera instancia incurrió en un formalismo excesivo y no abordó adecuadamente la cuestión de las costas en relación con los intereses del menor y la situación procesal de la demanda.

Procesos de filiacion Costas procesales Apelacion extraordinaria Recurso de aclaracion Revocatoria Responsabilidad del demandado Tutela judicial efectiva Formalismo procesal Imposicion de costas Derechos del menor


- Quién demanda: La actora en un proceso de filiación y alimentos definitivos, representada por su madre.

¿A quién se demanda?

L. B. S., el progenitor del menor, y los abuelos paternos S. D. S. y A. R. B.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de filiación, establecimiento de alimentos y la distribución de costas procesales.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia no se pronunció sobre las costas y fue considerada incorrecta por la Cámara, que resolvió que las costas deben ser soportadas por el demandado, en virtud del art. 251 del CPCC, dado que la conducta procesal y las circunstancias del caso indican que el demandado debió soportar las costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución de primera instancia omitió pronunciarse sobre las costas sin ofrecer argumentos que las justificaran, lo que constituye un error jurisdiccional. La conducta del demandado, que negó los hechos y solo posteriormente allanó, no exime la obligación de costas, dado que la excepción del art. 251 del CPCC requiere que el allanamiento sea oportuno y completo, lo cual no ocurrió. La jurisprudencia respalda que la negativa injustificada del demandado a reconocer su paternidad y la conducta procesal en el proceso justifican la imposición de costas a su cargo. La decisión del tribunal de primera instancia fue formalista y no garantizó la tutela judicial efectiva, por lo que la Cámara la revocó y dispuso que las costas sean a cargo del demandado.
- La Cámara también analizó la vía procesal utilizada y concluyó que, aunque el recurso de aclaración no era el adecuado, la impugnación contenía fundamentos suficientes para ser tratado como recurso de reposición o recurso indiferente, permitiendo su reconsideración.

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