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B., K. I. c/ L., E. H. Y OTROS s/ ALIMENTOS

La Cámara de Rafaela rechazó la apelación de la actora y confirmó la condena de pago de cuota alimentaria del 20% de los haberes netos del alimentante, retroactiva desde la promoción, y la declaración de nulidad parcial por falta de fundamentación en la cuantificación.

Cuota alimentaria Derechos del nino Responsabilidad parental Proceso de alimentos Incremento progresivo Nulidad por falta de fundamentacion Derechos de los menores. Cuota subsidiaria Valoracion de tareas de cuidado Ley provincial 11.945

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara analizó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de alimentos, fijando una cuota del 15%, y rechazó la demanda contra el abuelo. La sentencia fue apelada por la actora, quien cuestionó la prueba y la cuantificación, y la Cámara revisó la fundamentación, detectando nulidad por falta de cálculo y motivación. La sentencia original dispuso que E. H. L. debía abonar el 15% de sus haberes, retroactivo a la fecha de promoción, y que no correspondía la obligación del abuelo por falta de incumplimiento probado. La Cámara sostuvo que la sentencia adolecía de una fundamentación insuficiente, ya que no se realizó un cálculo racional ni se consideraron las circunstancias económicas y de cuidado, por lo que la nulidad parcial por falta de fundamentación en el quantum fue procedente. La Cámara integró la cuota alimentaria fijándola en el 20% de los haberes netos del demandado, con incremento al 24% en 2026, y confirmó la obligación subsidiaria del abuelo en menor cuantía. Además, dispuso medidas para la inscripción en el registro de morosos y promovió adhesión municipal. La Cámara mantuvo las costas de primera instancia y las de la alzada en cabeza del demandado.

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