Logo

DUCOMMUN, MARIA DE LA LUZ c/ CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LOS AGENTES CIVILES DEL ESTADO s/ REGULARIZACION DE APORTES

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó la resolución administrativa que consideraba a María de la Luz Ducommun como afiliada optativa sin su consentimiento y ordenó la devolución de los aportes retenidos desde junio de 2022 hasta mayo de 2023, por entender que la afiliación voluntaria requiere manifestación expresa y no tácita.

Aportes Derechos del trabajador Devolucion de aportes Control jurisdiccional Sistema de seguridad social Afiliacion voluntaria Santa fe. Ley 13.758 Ley 14.039 Afiliacion tacita

Actor: María de la Luz Ducommun Demandado: Caja de Previsión Social de los Agentes Civiles del Estado Objeto: La devolución de los aportes descontados en concepto de seguro mutual durante el período junio 2022 a mayo 2023 Decisión: La Cámara hizo lugar a la apelación y ordenó la devolución de los aportes retenidos, revocando la resolución administrativa que la consideraba afiliada optativa sin su consentimiento. La decisión se fundamenta en que la ley exige manifestación expresa para la afiliación voluntaria y que la omisión de hacerlo no puede interpretarse como consentimiento tácito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La ley 13.758 en su artículo 2° establece que la afiliación optativa requiere manifestación de voluntad en plazo de 90 días desde la toma de posesión. La recurrente tomó posesión en 2016 y no realizó ninguna manifestación expresa durante ese plazo ni posteriormente dentro del período de la ley 14.039, que otorgaba dos años para ejercer la opción. La resolución administrativa invocó una afiliación tácita basada en el aporte mensual, pero ello no es compatible con la normativa, que exige manifestación expresa y no tácita. La interpretación de la ley debe realizarse en su letra, sin dar lugar a interpretaciones extensivas o ajenas a su texto, y el silencio no puede considerarse como consentimiento. La retención automática de aportes sin la manifestación de voluntad expresa viola derechos constitucionales y legales, y la ley no prevé afiliación tácita. La devolución de los aportes es procedente, y los intereses se calcularán a una tasa del 150% de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde cada descuento hasta el efectivo pago. La decisión no contraviene doctrina constitucional ni jurisprudencial y se basa en la protección del derecho del trabajador a decidir sobre su patrimonio y derechos sociales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar