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GRASSO, ROSA EDITH Y OTROS c/ MANSILLA, ALDO Y OTROS s/ PROCESOS RESPONSABILIDAD CIVIL Y EXTRACONTRACTUAL

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó la sentencia que había declarado procedente la reclamo de indemnización por daños y perjuicios por parte de Rosa Edith Grasso y otros contra Aldo Mansilla y otros, y rechazó la demanda, argumentando que la prueba presentada era insuficiente para acreditar los daños alegados, en particular el daño moral y material por la muerte del cónyuge, debido a la separación de hecho y la falta de prueba convincente del vínculo afectivo en el momento del fallecimiento.

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- Quién demanda: Rosa Edith Grasso y otros

¿A quién se demanda?

Aldo Mansilla y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños materiales y daño moral por fallecimiento del cónyuge, alegando vínculo afectivo y económico

¿Qué se resolvió?

se revocó la sentencia de primera instancia y se rechazó la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal analizó la procedencia de la acción indemnizatoria basada en la presunción de daño por fallecimiento del cónyuge prevista en el art. 1084 del Código Civil, y concluyó que la separación de hecho y la ausencia de prueba concluyente sobre la existencia de un vínculo afectivo vigente al momento del fallecimiento desvirtuaban la presunción. Se destacó que la prueba pericial psicológica, aunque útil, presentaba falencias y no demostraba de manera suficiente el daño moral por la pérdida del “compañero de vida”. El tribunal sostuvo que la carga probatoria recae en quien reclama el daño y que, en este caso, la parte actora no logró acreditar la existencia efectiva del daño, especialmente en un contexto de separación prolongada. Además, se señaló que la fundamentación de la sentencia de primera instancia era insuficiente, puesto que omitió considerar elementos relevantes, como la declaración de abandono del hogar y la falta de evidencias de vínculo afectivo en el momento del fallecimiento, que afectan la existencia del daño moral y material reclamado. La Cámara consideró que la resolución de la causa debía ajustarse a la prueba y a las reglas de la sana crítica, y que la fundamentación debía ser más exhaustiva, por lo que corresponde revocar la decisión y rechazar la demanda en su totalidad.

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