FLORITO, NICOLAS EMANUEL s/ CONCURSO PREVENTIVO
La Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó el rechazo del pedido de concurso preventivo de Nicolás Florito por considerar que el solicitante no acreditó las causales de insolvencia ni actuó de buena fe. La sentencia sostiene que la petición fue un abuso del mecanismo legal y que no hay evidencia suficiente para su admisión.
Actor: Nicolás Emanuel Florito, solicitante de su propio concurso preventivo.
¿A quién se demanda?
No hay demanda contra terceros, es un pedido propio del deudor.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La apertura del concurso preventivo para solucionar su situación de insolvencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo del pedido de concurso preventivo por parte del juez de primera instancia. La falta de explicación concreta de las causas del desequilibrio patrimonial, la insuficiencia de documentación, y el uso abusivo del mecanismo fueron los fundamentos principales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El juez de grado explicó que, a partir de la documentación y la fundamentación aportada, no se acreditó de manera suficiente y concreta el estado de insolvencia del solicitante, ni se estableció la causa y la época del desequilibrio patrimonial. La mera referencia a dificultades económicas generales no cumple con la carga de explicitación exigida por el artículo 11 de la LCQ. Además, se consideró que el pedido parecía un uso abusivo del proceso, orientado a dilatar pagos y evitar descuentos, sin una verdadera intención de reestructuración." "El análisis en esta instancia ratifica que la solicitud de concurso preventivo, en este caso, constituye un abuso del derecho, al no presentar una situación de insolvencia demostrada y actuar con una finalidad distinta a la prevista por la ley." "El tribunal concluye que la petición fue improcedente, por no haberse cumplido con los requisitos legales y por ser un uso distorsionado del instituto." No se registran votos en disidencia relevantes.
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