HOSPITAL JOSE MARIA CULLEN c/ BERNARDINO RIVADAVIA SEGUROS Y OTROS s/ SENTENCIAS JUICIOS SUMARIOS (HONORARIOS)
La Cámara de Apelaciones desestimó el recurso de apelación contra la regulación de honorarios profesionales en un juicio sumario. El tribunal confirmó que los honorarios pueden fijarse por debajo del mínimo legal por tratarse de una actuación integral y en cumplimiento del principio de proporcionalidad.
- Quién demanda: Doctor Jorge Augusto Qüesta (profesional interviniente en autos)
¿A quién se demanda?
Caja Forense y partes vinculadas en la regulación de honorarios
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios en monto inferior al mínimo establecido por la ley arancelaria, alegando aplicación de la ley 14.130
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de apelación y confirmó la resolución del juez de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara recordó que en jurisprudencia consolidada se acepta que los honorarios profesionales pueden ser regulados por debajo del mínimo en casos de actuaciones que no sean aisladas, sino toda la tramitación del proceso, por considerar que la regulación del artículo 12, inciso 7, de la ley 12.851 no es aplicable a tales casos. Se citan fallos anteriores donde se ha sostenido que la regulación por debajo del mínimo, en estos contextos, respeta el principio de proporcionalidad y la función social del honorario. Además, se argumenta que la aplicación de la ley 14.130, que establece un mínimo de un Jus, no puede ser retroactiva y no resulta aplicable a honorarios devengados antes de su vigencia, en virtud del principio de irretroactividad de las leyes. La sentencia también señala que aplicar el mínimo en casos de suma menor al capital reclamado genera una regulación excesiva que puede vulnerar derechos constitucionales y el acceso a la justicia, por lo que se mantiene el criterio de regular los honorarios en montos inferiores al mínimo legal establecido, en línea con jurisprudencia consolidada.
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