GIL, VIVIANA CONCEPCION c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que hizo parcialmente lugar a la acción de amparo contra ANSES, y descartó la modificación del fallo. La decisión se fundamentó en la aplicación del principio de derrota y la normativa específica de costas en acciones de amparo, reafirmando la constitucionalidad del régimen de costas en la ley 16.986.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Vivianna Concepción Gil, demandó a ANSES en un amparo para la protección de derechos previsionales. La demanda fue parcialmente favorable, y la sentencia de primera instancia ordenó que las costas fueran a cargo de la demandada. La demandada interpuso recurso de apelación, que fue rechazado por la Cámara. La Cámara analizó la normativa aplicable, destacando que la ley 16.986 en su artículo 14 establece que las costas serán impuestas a la parte vencida, en consonancia con el principio de derrota del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. La jurisprudencia consolidada, incluyendo fallos de la CSJN, respalda esta interpretación, señalando que en los procesos de amparo las costas corresponden a la parte vencida, salvo excepciones no presentes en el caso. La Cámara concluyó que no correspondía modificar la decisión de primera instancia y confirmó la imposición de costas a la demandada, vencida en la instancia. Además, regularon los honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia. La decisión fue adoptada por unanimidad, adhiriendo los jueces al voto del primero.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: