GIMENEZ, FRANCISCA ISMELDA C/ ANSES
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y rechazó el recurso de la ANSES, manteniendo la sentencia de primera instancia que reconoció el reajuste del haber jubilatorio y la exención del impuesto a las ganancias.
- Quién demanda: La actora, beneficiaria de pensión por fallecimiento de cónyuge, bajo protección de la ley 24.241.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber jubilatorio, reconocimiento de exención del impuesto a las ganancias, actualización del haber inicial, movilidad, y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, rechazando el recurso de la ANSES, y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. Además, se impusieron costas a la parte vencida (ANSES) y se regularon honorarios en un 30% de lo resuelto en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se sostuvo que la doctrina del Tribunal Supremo en autos “Elliff” (2009) se mantiene vigente para la actualización del haber inicial, aplicándose el índice de salarios de la resolución nº 140/95 de ANSES, y que la ley 26.417 introdujo un nuevo régimen que debe respetarse, excluyendo la actualización por aportes realizados en calidad de autónomo mediante sistemas de moratoria, pues estos no reflejan la realidad laboral. La sentencia también confirmó la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, reiterando la jurisprudencia de la CSJN y la vigencia del art. 36 de la ley 27.423. La movilidad del haber se aplicó conforme a la doctrina “Badaro” y leyes posteriores. La prescripción bienal prevista en el art. 82 de la ley 18.037 fue considerada adecuada. La sentencia de primera instancia fue confirmada en todos sus términos, imponiéndose costas a la parte vencida y regulándose honorarios en un 30%.
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