FRETES, LEONOR SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que eximió a la actora del pago del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo de la prestación previsional, rechazando los agravios de la ANSES y reafirmando la constitucionalidad del fallo en relación a la exención tributaria y la imposición de costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, beneficiaria de una prestación previsional desde 01/09/2013 bajo la ley 24.241, interpuso recurso de apelación contra la decisión que la eximió del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.
- La ANSES cuestionó la exención del retroactivo y la forma en que se impusieron las costas, además de alegar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
- La Cámara sostuvo que no resulta necesario comparecer a la AFIP para hacer efectiva la exención, dado que no se declara inconstitucional la norma, sino que se aplica la naturaleza de las sumas devueltas, que no son materia de afectación tributaria, y que la sentencia en primera instancia se ajusta a jurisprudencia previa (causa FMZ 28114/2016/CA1).
- Respecto a las costas, la Sala resolvió que deben imponerse a la parte vencida, en línea con los recientes fallos de la CSJN, específicamente en el fallo “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO”.
- La Cámara confirmó la decisión en todos sus términos, rechazando la apelación.
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