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CARABAJAL, MARCIAL ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca rechazó el recurso de apelación contra la sentencia que ordenó el recálculo de haberes previsionales, confirmando la validez del método de actualización y la constitucionalidad del art.14 de la resolución SSS 6/2009, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Seguridad social Anses Actualizacion de haberes Movilidad previsional Topes de movilidad Ley 26.417 Ley 24.241 Doctrina ?elliff?


- Quién demanda: Marcial Roberto Carabajal

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recalcular haberes previsionales con actualización de remuneraciones desde 1991 hasta la fecha, sin aplicación del tope del art. 14 de la resolución SSS 6/2009

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de la demandada, confirmando la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo y actualización del haber inicial con base en el índice ISBIC, y consideró que el decreto 807/16 constituye un exceso reglamentario, por lo que no puede prevalecer sobre la ley. Además, sostuvo que la normativa cuestionada en relación al tope resulta inconstitucional, y que la aplicación del índice “Elliff” resulta apropiada en este caso. La decisión también reafirmó que la doctrina del fallo “Villanustre” es aplicable para determinar los topes de movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que la fecha de adquisición del derecho (noviembre de 2017) determina la aplicación de la doctrina “Elliff”, por lo que se debe redeterminar el haber inicial aplicando el índice de salarios básicos de la industria y la construcción (ISBIC), sin la limitación temporal del artículo 1 de la resolución 135/09. Además, se argumentó que el decreto 807/16 constituye un exceso reglamentario, pues las modificaciones en el índice de actualización son una facultad exclusiva del Congreso. La sentencia también desestimó la limitación del art.14 de la resolución SSS 6/2009, y reafirmó que la normativa en cuestión es inconstitucional, en línea con fallos de la Corte Suprema. La cámara decidió que la aplicación del índice “Elliff” y la normativa vigente sobre topes deben mantenerse, y el recurso de la parte recurrente fue rechazado por ello.

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