CARRILLO, GERMAN DARIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ACOSTA, ROMINA ELENA Y OTROS s/ ABUSO DE AUTORIDAD Y OTROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que rechazó la recusación del juez en causa por abuso de autoridad. La decisión se fundamenta en la incumplimiento de los requisitos formales del recurso y en la inexistencia de gravedad institucional.
- Quién demanda: La defensa técnica de Germán Darío Carrillo
¿A quién se demanda?
La resolución de la jueza del Colegio de Jueces Penales de la segunda Circunscripción Judicial, doctora Hernández
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La impugnación de la rechazo de la recusación del juez en la causa por abuso de autoridad, alegando vulneración del derecho al juez natural, al debido proceso y a la defensa en juicio por supuesta parcialidad objetiva del magistrado.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial confirmó el rechazo de la queja y la denegación del recurso de inconstitucionalidad, por considerar que la medida impugnada no constituye una sentencia definitiva ni un auto equiparable, y que no se acreditaron circunstancias que habiliten su revisión en sede extraordinaria. La resolución impugnada no presenta los requisitos para ser objeto del recurso, y no se evidencian los supuestos de gravedad institucional que permitan apartarse del estándar formal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 1 de la Ley 7055 limita la apertura del recurso extraordinario local a las sentencias definitivas dictadas en juicios que no admitan otro ulterior sobre el mismo objeto y contra los autos interlocutorios que pongan término al pleito o hagan imposible su continuación. La decisión que se impugna no puede constituirse en objeto procesal del recurso intentado por no cumplimentar con aquellos parámetros, desde que se trata de un pronunciamiento que resolvió el rechazo de la recusación impetrada contra el Juez de primera instancia que intervino en la audiencia imputativa y de medida cautelar." Además, se remarca que no existen circunstancias que configuren los supuestos de excepción que habiliten el recurso, como gravedad institucional o afectación al juez natural, y que la impugnación se funda en una supuesta vulneración a derechos constitucionales, pero sin acreditar la existencia de un perjuicio irreparable o de una situación que justifique su revisión en sede extraordinaria. La jurisprudencia citada respalda que las cuestiones relacionadas con recusaciones y su rechazo en instancias previas no son susceptibles de recurso de queja si no cumplen con los requisitos formales y sustantivos necesarios para ello, en especial cuando no se trata de una sentencia definitiva.
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