BISUTTI, DANIEL c/ CELSUR LOGISTICA S.A. Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la aplicación de la tasa de interés en un proceso laboral. La resolución se fundamenta en la falta de arbitrariedad y en la ausencia de lesión constitucional en la decisión del tribunal de alzada.
- Quién demanda: Experta ART SA (coaccionada)
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La inconstitucionalidad y arbitrariedad de la resolución que aplicó la tasa de interés del Banco de la Nación Argentina, con capitalización semestral y accesorios, y la fecha de inicio de los intereses.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja y confirmó la decisión del tribunal de alzada, considerando que los argumentos sobre arbitrariedad y lesión constitucional no estaban acreditados. La sentencia sostuvo que la alzada fundamentó adecuadamente la aplicación de la tasa y que los reparos de la parte recurrente eran, en esencia, una discrepancia jurídica sin entidad constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis del tribunal de alzada revela que la temática en cuestión gira en torno a una materia reservada a los jueces ordinarios por lo que no resulta ser objeto de esta vía de excepción, salvo que se demuestre arbitrariedad o lesión a la garantía constitucional de defensa en juicio, circunstancia que la presentante no logra acreditar." "Los reparos de la recurrente son, en sustancia, una mera discrepancia respecto a la interpretación del derecho y a la valoración de los antecedentes, sin que ello constituya una arbitrariedad manifiesta o lesión constitucional." "La Corte concluye que la impugnante no logra demostrar una cuestión constitucional que justifique el acceso a esta instancia extraordinaria, por lo que procede el rechazo de la queja."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: