CORIA LEIVA, PABLO FACUNDO c/ BARRETO, EMILIO JUSTO Y OTROS s/ LABORAL
La Cámara de Rafaela revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y admite la existencia de un contrato de trabajo por tres meses en 2019, con extensión horaria completa, liquidándose sobre el salario de la categoría aprendiz ayudante del CCT 27/889, y condena a pago de indemnizaciones y diferencias salariales.
¿Quién es el actor?
Pablo Facundo Coria Leiva
¿A quién se demanda?
Emilio Justo Barreto y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por relación laboral, indemnización, diferencias salariales y otros rubros derivados del vínculo laboral presunto
¿Qué se resolvió?
La Cámara admite la presunción del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, y, tras valorar la prueba testimonial y documental, concluye que quedó demostrada la existencia de un contrato laboral por un período de tres meses en 2019, con jornada completa y salario acorde al CCT 27/889. Se condena al demandado a pagar indemnizaciones, diferencias y otros conceptos, con intereses calculados en función de la inflación y tasa activa, y se imponen costas al actor y el apelante en su totalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La modificación del art. 23 LCT no tiene efecto retroactivo, por lo que se aplica la normativa vigente durante la relación jurídica.
- La presunción del art. 23 LCT requiere la prueba de la prestación de servicios; en este caso, se acreditó la prestación en 2019 y en modo circunstancial en 2021.
- La prueba testimonial del demandado no logra desactivar la presunción, pues sólo da cuenta de una ayuda eventual en tareas de albañilería, sin demostrar la no existencia del vínculo laboral.
- La carga probatoria de las circunstancias no acreditadas recae en el demandado, quien no aportó prueba concluyente que demostrara la existencia de una relación extralaboral.
- La extensión del vínculo laboral se presume por la prueba de la prestación de servicios durante tres meses en 2019, con jornada completa y salario correspondiente.
- Se condena a pagar indemnización por antigüedad, preaviso, duplicación DNU 39/2021, proporcional de aguinaldo y vacaciones no gozadas.
- Intereses: cinco veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de mora (28/09/21).
- Costas: las costas de primera instancia se imponen al actor por la reducción del monto reclamado y la falta de prueba concluyente, y las costas recursivas al apelante en su totalidad.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: