PAULINI, BENIGNO PEDRO -PROTOCOLIZACION TESTAMENTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (REVOCATORIA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la reposición interpuesta contra la denegación de audiencia y la resolución de la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, considerando que el recurso fue presentado fuera de término y sin fundamentos suficientes.
Actor: La recurrente en la causa de la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad. Demandado: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Objeto: La revocación del decreto del 17.09.2024, que denegó la solicitud de audiencia y rechazó la impugnación por extemporaneidad del recurso extraordinario federal. Decisión: La Corte rechazó la reposición y confirmó la validez del decreto del 17.09.2024, argumentando que el recurso fue presentado fuera de plazo y carecía de fundamentos suficientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso ha sido interpuesto de forma extemporánea. En efecto, de la lectura de autos se advierte que el decreto que le causaría agravio a la interesada, mediante el cual se tuvo por contestado el recurso extraordinario federal deducido, fue dictado el 13.8.2024, frente al cual sólo presentó escritos poniendo de manifiesto las supuestas irregularidades del mismo y solicitó se lo declare inadmisible. Fue recién en fecha 26.9.2024 que la recurrente interpone el remedio que aquí se trata. Y si bien dirige el mismo contra el decreto del 17.9.2024, el proveído que le causa el agravio es el de fecha 13.8.2024 (notificado el 16.8.2024), de lo que se colige que el recurso resulta extemporáneo, de acuerdo al plazo dispuesto por el artículo 345 del Código Procesal Civil y Comercial local." "Asimismo, la argumentación de la recurrente resulta genérica, vaga e imprecisa, y no logra demostrar errores en la resolución del tribunal respecto a la admisibilidad del recurso o la denegación de audiencia, la cual no constituye paso procesal inherente a la tramitación de la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad."
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