MENDEZ, SEBASTIAN ANDRES c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACION (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe hizo lugar al recurso de casación contra la sentencia de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2, confirmando que la misma debe ser dejada sin efecto debido a la doctrina legal que sostiene que los efectos retroactivos en la carrera policial tras inhabilitaciones deben ser desestimados.
¿Quién es el actor?
Sebastián Andrés Mendez, personal policial desde 1997
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconstrucción de su carrera policial, reestablecimiento de ascensos y pago de diferencias salariales retroactivas tras inhabilitaciones y sumarios administrativos finalizados sin sanción, alegando que las inhabilitaciones fueron ilegítimas y que la sentencia de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 debía ordenar un análisis retroactivo de los ascensos.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró procedente el recurso de casación y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2, sosteniendo que la jurisprudencia consolidada indica que, una vez cesada la causal obstativa, no procede el efecto retroactivo para los ascensos en la carrera policial. La Corte consideró que las decisiones de la Cámara de Santa Fe estaban ajustadas a derecho y que no correspondía ordenar una recomposición retroactiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De conformidad con los fundamentos vertidos por el Tribunal en el pronunciamiento mencionado, el criterio sostenido por la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 se encuentra ajustado a derecho y, por ende, debe regir la cuestión debatida. Por lo tanto, corresponde declarar procedente el recurso de casación, resultando, por lo demás, inoficioso pronunciare sobre el recurso de inconstitucionalidad." Asimismo, el tribunal destaca que las sentencias contradictorias entre las cámaras en materia de efectos retroactivos en carreras policiales tras inhabilitaciones deben resolverse conforme a la doctrina consolidada, que en este caso, favorece la no aplicación de efectos retroactivos, justificando así la casación y la confirmación del fallo de la Cámara de Santa Fe.
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