C., C. D. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL
La Cámara de Rosario confirmó parcialmente la condena por abuso sexual y aumentó la monto de la pena a ocho años de prisión. La sentencia se fundamentó en la coherencia y solidez de los testimonios de la víctima, valorando la gravedad del delito y la protección del bien jurídico tutelado.
Actor: Ministerio Público Fiscal y Defensa de C. D. C.
Demandado: C. D. C.
Objeto: Impugnación de la sentencia condenatoria; solicitud de absolución o reducción de la pena.
- Qué se resolvió (Decisión): Se confirma la condena por abuso sexual con acceso carnal, pero se aumenta la pena de seis a ocho años de prisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia valoró la declaración en Cámara Gesell de la víctima, M. D., y los testimonios de su madre, destacando la coherencia y la carga emocional en su relato, que fue corroborado por pericias forenses y testimonios de otros testigos. La jueza también analizó las contradicciones en la declaración de la menor y en el relato de la defensa, concluyendo que la prueba era suficiente para acreditar la responsabilidad del acusado. La valoración de la prueba fue rigurosa y congruente con los principios del debido proceso, rechazando los planteos de vulneración del principio de congruencia y del derecho de defensa. En cuanto a la calificación legal, se ratificó que los hechos constituyen abuso sexual con acceso carnal, por la existencia de indicios físicos y testimoniales que evidencian la perpetración del delito. Respecto a la pena, la Cámara consideró que la valoración de la gravedad del delito y las circunstancias personales del imputado justifican la elevación de la pena a ocho años de prisión, en línea con la solicitud del Fiscal, por lo que se revoca la decisión de la primera instancia y se impone la pena máxima del mínimo de la escala penal para el delito.
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