CORDOBA, VILMA SOLEDAD c/ PROVINCIA DE SANTA FE Y OTROS -AMPARO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que declaró la caducidad de la instancia recursiva en un proceso de amparo, confirmando la decisión de la Cámara que consideró que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad constitucional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Provincia de Santa Fe promovió una queja contra la resolución de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial que rechazó su recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que declaró la caducidad de la instancia recursiva en autos "Cordoba, Vilma Soledad contra Provincia de Santa Fe y Otros
- Amparo".
- La Cámara confirmó la decisión del tribunal de primera instancia, que consideró que había transcurrido el plazo de caducidad previsto por la ley 10.456, y denegó la apelación de la Provincia.
- La Provincia alegó que la resolución era un auto interlocutorio equiparable a sentencia definitiva, que existía gravedad institucional y que la decisión no estaba debidamente motivada, además de cuestionar que la autoridad judicial no hubiera ordenado la elevación de los autos a la alzada, lo cual habría afectado la interrupción del plazo de caducidad.
- La Corte provincial analizó que la resolución de caducidad, al declarar la pérdida del derecho a apelar, produce un efecto similar al de una sentencia definitiva, por lo que es susceptible de revisión por vía extraordinaria.
- La Corte concluyó que los argumentos de la Provincia no demostraron la existencia de una vulneración constitucional suficiente, ya que la queja se limitó a expresar disconformidad con la decisión y no aportó razones que evidencien arbitrariedad o lesión de garantías constitucionales.
- Además, consideró que no se acreditó la existencia de gravedad institucional ni que la resolución careciera de fundamentación suficiente.
- Finalmente, la Corte rechazó la queja, confirmando la decisión de la Cámara.
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