DE MARIA, ALEXIS SEBASTIAN Y OTROS c/ TITARELLI, NICOLAS s/ INCIDENTE DE OPOSICION AL BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Apelación confirma el rechazo del incidente de oposición al beneficio de litigar sin gastos y sostiene que la apelante no demostró perjuicio alguno ni gravedad en la concesión del beneficio, descartando un gravamen real y concluyendo que la apelación carece de fundamento.
Quién demanda: Actor, Alexis Sebastián De María y otros.
¿A quién se demanda?
Nicolás Titarelli, demandado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación del rechazo del incidente de oposición al beneficio de litigar sin gastos, alegando que la concesión del beneficio genera un perjuicio y un privilegio indebido, además de un supuesto gravamen para el demandado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo del recurso de apelación, sosteniendo que la apelante no acreditó un perjuicio concreto ni un gravamen real que justifique la revisión del fallo. La jurisprudencia citada y la valoración de la prueba indican que no existe un daño efectivo para la parte apelante. Fundamentos principales de la decisión: "Un primer obstáculo para la admisión de la apelación intentada es que no resulta claro cuál es el gravamen que experimenta la accionada como para interponer el recurso o, dicho de otra manera, cuál es el perjuicio que sufre con la concesión del beneficio a la parte actora. Si la queja proviene de que, como lo indica, el noventa por ciento de las demandas de daños y perjuicios son precedidas de una declaratoria de pobreza, claramente se está haciendo cargo de un gravamen ajeno, pues es ese un perjuicio que, en todo caso, debería blandir la Administración y no un particular." "El argumento es claramente conjetural e hipotético. La propia recurrente narra que el actor morigeró su pretensión de lucro cesante y amplió la referida a su incapacidad en virtud de una probanza que la determinó en un cuatro por ciento de la capacidad laboral del mismo; es decir, que no se avizora una pluspetición infundada so pretexto de impunidad." "Además, hay una clara distinción entre lo que una parte pueda pedir (tanto de buena como de mala fe) y lo que, eventualmente, le sea reconocido en una sentencia. La circunstancia de que el actor tenga bienes o ingresos no constituye un gravamen efectivo para el demandado, ya que la ley indica que el declarado pobre no está exento de pagar costas si tiene bienes que lo hagan responsable." "Si se ha de apelar a la sana crítica, no debe perderse de vista que según las estadísticas oficiales, el sueldo promedio de la República Argentina se encuentra por debajo de la línea de pobreza y, entonces, demostrar que una persona cuenta con un salario y además está inscripto en AFIP como monotributista, en nada demuestra que esté gozando indebidamente de un beneficio." Por lo tanto, la Cámara concluye que la apelación no está fundada y debe ser rechazada, confirmando el fallo de primera instancia en todas sus partes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: