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J., E. E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL J., E. E. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGRAVADO POR HABER OCASIONADO UN GRAVE DAÑO EN LA SALUD MENTAL DE LA VICTIMA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de la Provincia denegó el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que confirmó parcialmente la condena por abuso sexual con agravantes en el proceso penal. La resolución se fundamenta en la insuficiencia argumentativa y en la falta de demostración de afectaciones constitucionales en la instancia federal.

Recurso extraordinario Apelacion Inconstitucionalidad Sentencia penal Constitucionalidad Denegacion Derecho federal Agravantes Procesal penal Santa fe


- Quién demanda: E. E. J. (defensa del imputado)

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe (recurso extraordinario)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar la decisión del Tribunal Pluripersonal del Colegio de Cámara Penal de la Tercera Circunscripción Judicial que confirmó la condena y denegó el recurso de inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso extraordinario por considerar que la presentación no cumple con los requisitos del reglamento y que no se demostraron afectaciones constitucionales relevantes; además, se evidencian insuficiencias en los agravios y en la fundamentación del recurso

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal, en la sentencia 424 de fecha 2 de julio de 2024, rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local, considerando que no estaban demostradas las afectaciones constitucionales dirigidas a cuestionar el acuerdo del 27 de setiembre de 2023 del Tribunal Pluripersonal. La apelante omitió una crítica razonada y prolija, y no demostró la relación entre las normas invocadas y lo resuelto, ni que la decisión fuera contraria al derecho federal. Además, su recurso se limitó a un repaso general del proceso y a insuficientes críticas a la resolución anterior, sin rebatir en forma concreta los argumentos que sustentaron el rechazo del recurso anterior. Por ello, se concluyó que no se configuraban los requisitos para la concesión del recurso extraordinario." "La recurrente tampoco identificó agravios específicos que no hayan sido abordados por este Tribunal, limitándose a expresiones generales y sin demostrar la afectación constitucional. En consecuencia, la vía federal no resulta procedente por carencias argumentativas y por falta de demostración de la afectación constitucional." "Por tanto, esta Corte deniega la solicitud de revisión federal, manteniendo la validez de la resolución impugnada."

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