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B., U. N. s/ LESIONES LEVES AGRAVADAS POR LA RELACION PREEXISTENTE Y POR MEDIAR CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO Y AMENAZAS SIMPLES EN CONCURSO REAL

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena a B. por hechos de violencia intrafamiliar, eliminando el agravante de violencia de género y reduciendo la pena a siete años de prisión. La decisión se fundamentó en la valoración conjunta de la prueba y la duda sobre el contexto de género.

Violencia familiar Violencia de genero Lesiones Abuso sexual Reduccion de pena Valoracion probatoria Responsabilidad penal Responsabilidad del imputado. Responsabilidad responsable Contexto social vulnerable


- Quién demanda: U. N. B. (en representación de la víctima B. O.) y el Ministerio Público de la Acusación.

¿A quién se demanda?

U. N. B. (el imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se cuestiona la valoración de la prueba, la existencia de violencia de género como agravante, y la pena impuesta. La defensa busca la absolución o una pena menor, mientras que el Ministerio de la Acusación solicita mantener la condena y elevar la pena a trece años.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la responsabilidad penal del imputado, pero eliminó el agravante de violencia de género, y modificó la pena a siete años de prisión, considerando que el contexto de violencia y la configuración del componente "género" no estaban suficientemente acreditados. La valoración probatoria fue considerada adecuada y fundamentada, destacando la coherencia del relato de la víctima y la inexistencia de dudas razonables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se advierte que, si bien existen expresiones que evocan una concepción patriarcal y estereotipos de género, en el caso concreto no se ha probado que los hechos hayan sido motivados por un menosprecio o discriminación por condición de mujer. La relación se caracterizaba por conflictos y violencia, pero no se ha configurado con suficiente evidencia que ello derive de un patrón de violencia de género en sentido técnico o normativo." "En base a la valoración conjunta de la prueba, la declaración de la víctima, el informe médico y las circunstancias del caso, se concluye que la responsabilidad del imputado ha sido acreditada, pero sin la existencia de un contexto de violencia de género que justifique la agravante." "Por ello, la pena se establece en siete años de prisión, en atención a la gravedad de los hechos, la condición del imputado y la necesidad de una sanción proporcional, sin la agravante de violencia de género."

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