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QUADRO, MATIAS ANDRES c/ TELECOM ARGENTINA S.A. -DEMANDA DERECHO DE CONSUMO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Superior de Santa Fe admitió parcialmente la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la rechazo de un recurso de nulidad y apelación en un proceso por daños y perjuicios derivados de una compra no entregada por Telecom Argentina. La decisión se fundamentó en que el recurso cuestionaba principalmente aspectos interpretativos y valorativos, sin demostrar arbitrariedad ni irrazonabilidad en la resolución judicial. La Sala analizó la congruencia del fallo, en particular en los montos de daños y la tasa de interés aplicada, concluyendo que la queja solo prosperó respecto a la tasa, considerando que la misma podría violar principios constitucionales de igualdad y razonabilidad, y ordenó la devolución del depósito realizado por la parte recurrente.

Dano moral Tasa de interes Arbitrariedad Recurso de queja Dano punitivo Indemnizacion por danos y perjuicios Inconstitucionalidad Proporcionalidad Derechos constitucionales Camara de apelacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La demandante, Matías Andrés Quadro, promovió una demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A., reclamando reembolso por la compra no entregada de un equipo celular, daño moral y daño punitivo, y solicitando intereses a la tasa activa del Banco de Santa Fe, además de daños punitivos por $800.000.
- La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, en acuerdo Nº 291 del 28.09.2023, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda en parte, condenando a la demandada al pago de ciertos rubros, incluyendo daño moral y daño punitivo, además de intereses.
- La parte demandada interpuso recurso de inconstitucionalidad, alegando que la sentencia fue arbitraria, por exceso en los montos concedidos, incremento indebido en la tasa de interés, y por vulnerar principios constitucionales relacionados con la irrazonabilidad y proporcionalidad.
- La Corte de Santa Fe, tras analizar los agravios, concluyó que la queja solo tenía entidad respecto a la tasa de interés, por considerar que podría vulnerar el derecho a la igualdad y la razonabilidad, y admitió parcialmente la queja en ese aspecto, rechazándola en el resto.
- La resolución destacó que la valoración de las pruebas y la cuantificación del daño estaban fundamentadas y que los montos de daño moral y daño punitivo no mostraban arbitrariedad, salvo en la tasa de interés que fue considerada potencialmente irrazonable.
- Se ordenó la devolución del depósito efectuado por la parte recurrente y la elevación de las actuaciones para que continúe el trámite correspondiente.

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