LOPEZ, JOSE MARIA c/ EXPERTA ART S.A. s/ SENTENCIA ACCIDENTE Y/ ENFERMEDAD TRABAJO (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por la demandada contra la sentencia que rechazó su queja por la denegación de un recurso de inconstitucionalidad local. La decisión se fundamentó en la insuficiencia argumentativa y en el incumplimiento de los requisitos formales del recurso.
- Quién demanda: La parte demandada, EXPERTA ART SA.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en el carácter de tribunal superior que debe resolver el recurso extraordinario federal interpuesto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal Superior que rechazó la queja por la denegación del recurso de inconstitucionalidad local.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema provincial denegó el recurso extraordinario, confirmando la decisión del Tribunal Superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso deducido por la accionada contra la decisión de este Cuerpo registrada en A. y S. nro. 876 año 2024, en fecha 29 de octubre de 2024, que rechazó la queja que interpuso por la denegación del recurso de inconstitucionalidad local, no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3, incisos d y e del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "Ello así, pues la compareciente omite efectuar una crítica prolija y razonada de la sentencia impugnada al no refutar todas y cada una de las motivaciones enunciadas por el Tribunal Superior de la causa, omitiendo demostrar tanto que media una relación directa e inmediata de las normas federales alegadas y lo debatido y resuelto en el caso como que la decisión atacada es contraria al derecho federal invocado." "Sus planteos, encaminados sustancialmente a cuestionar la aplicación al caso de una tasa pura del ocho por ciento anual por implicar una doble imposición, no hacen más que reiterar reproches formulados previamente, sin lograr delinear idóneamente un vicio propio del pronunciamiento de este Cuerpo." "La Corte revisó la sentencia criticada a la luz de los reparos de la presentante y juzgó que los mismos no alcanzaban a demostrar las objeciones esgrimidas, ya que denotaban, en definitiva, el disenso en torno a cuestiones propias de los jueces ordinarios de la causa." "Asimismo, se destacó que la aplicación de la tasa de interés pura se fundamenta en la privación al trabajador del uso del capital por la aseguradora, y que los agravios en torno a la ley 27348 y el DNU 669/19 se desvanecen ante la consideración de que la aplicación del decreto fue considerada firme a esa instancia." "Por ello, las tachas no consiguieron demostrar la configuración de un supuesto hábil para franquear la instancia excepcional, limitándose ahora
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