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SOLA, WALTER ADAN c/ PROVINCIA DE SANTA FE -MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja contra la resolución que denegó la medida cautelar solicitada por Walter Adan Sola en autos por intervención comunal, confirmando la validez del rechazo y la legalidad del procedimiento, argumentando la inexistencia de agravios constitucionales suficientes.

Recurso de queja Inconstitucionalidad Gravedad institucional Medida cautelar Procedimiento legal Autonomia municipal Santa fe. Intervencion comunal Ley 2439 Soberania popular

Actor: Walter Adan Sola, en su carácter de Presidente de la Comuna de Villa Saralegui. Demandado: Provincia de Santa Fe y Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1. Objeto: La nulidad de la resolución que rechazó la medida cautelar autónoma solicitada para suspender la intervención comunal y restituir al actor en sus funciones, alegando vulneración del principio de soberanía popular y la ley 2439. Decisión: La Corte desestimó la queja por considerar que la resolución recurrida no constituye sentencia definitiva, que los agravios son insuficientes, y que la argumentación del actor se limita a disenso con la decisión, sin afectar derechos constitucionales o intereses comunitarios de modo irreparable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal sostuvo que, según la ley 7055, las resoluciones que deniegan medidas cautelares no son definitivas ni habilitan recurso de inconstitucionalidad, salvo excepciones que no corresponden en la causa. La argumentación del actor, basada en disenso y en la supuesta gravedad institucional, no configura agravios constitucionales suficientes, ya que la resolución de la Cámara se ajusta a los parámetros legales y constitucionales. Además, la complejidad del análisis y el carácter de medida cautelar justifican la inadmisibilidad del recurso, y no se ha demostrado que exista un agravio irreparable que justifique la revisión de la decisión. La intervención comunal y la designación del interventor fueron realizadas conforme a la normativa vigente, sin evidencia de violación constitucional o de la ley 2439. La demora en la resolución y la posible afectación de la soberanía popular no alcanzan a constituir agravios constitucionales relevantes, por lo que la Corte desestimó la queja.

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