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ALBARRACIN, GEORGINA JAQUELINA; CAFARELO, SERGIO DAVID; OBIEDO, CRISTIAN ALBERTO Y OBIEDO, CRISTIAN JAVIER s/ ROBO AGRAVADO POR USO DE ARMA DE FUEGO Y POR SER COMETIDO EN DESPOBLADO Y EN BANDA

La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia absolutoria en un caso de robo en modalidad banda en zona rural, argumentando que la prueba presentada fue insuficiente para acreditar la participación de los acusados y prevaleció el beneficio de la duda. La valoración probatoria se consideró correcta y fundamentada.

Carga de la prueba Prueba indiciaria Proceso penal Absolucion Valoracion probatoria Beneficio de la duda Confirmacion sentencia Duda razonable Intervenciones telefonicas Robo en banda

Actor: El fiscal del Ministerio Público de la Acusación Demandado: Cristian Javier Obiedo, Sergio David Cafarelo, Georgina Jaquelina Albarracín y Cristian Alberto Obiedo Objeto: La revocación de la sentencia absolutoria y la condena por el delito de robo agravado en banda y en despoblado, con penas de 7 años y 6 meses a 8 años de prisión Decisión: La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que absolvió a los imputados, sustentando que la prueba de cargo fue insuficiente para eliminar la duda razonable y acreditar la participación en el hecho delictivo

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se analizó la valoración probatoria, destacando que la prueba testimonial, pericial y documental aportada durante el juicio no fue suficiente para demostrar la participación individual de los acusados en el hecho, especialmente en relación con las intervenciones telefónicas y las indicios de vinculación. La jueza de grado consideró que la evidencia no lograba superar el umbral de certeza necesaria para una condena y que las valoraciones de las declaraciones de los testigos y las pruebas secundarias resultaron fragmentarias y fragmentadas, sin una apreciación conjunta que permitiera llegar a una conclusión más allá de toda duda razonable. La Cámara sostuvo que la prueba indiciaria, por más convincente que fuera, no alcanzaba para desplazar la duda fundada, en virtud del principio "in dubio pro reo". Asimismo, se resaltó que los indicios de participación no estaban suficientemente acreditados y que la investigación no aportó elementos concluyentes como reconocimiento en rueda, pruebas de voz, huellas o registros documentales que respaldaran la acusación.

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