MONZON, JUAN RAMON c/ EXPERTA ART S.A. -SENTENCIAS ACCIDENTES DE TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial denegó el recurso extraordinario interpuesto contra una sentencia en materia de accidentes de trabajo. Argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos formales y sustanciales, y que las cuestiones planteadas ya habían sido debidamente resueltas por la instancia anterior, por lo que carecían de carácter federal y constitucional.
- Quién demanda: Juan Ramón Monzón
¿A quién se demanda?
EXPERTA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal provincial (A. y S. nro. 281/2024) que resolvió sobre la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un proceso por accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial denegó el recurso extraordinario por incumplimiento de requisitos formales y sustanciales, afirmando que no se demostraba la afectación constitucional del derecho a la jurisdicción ni la existencia de un supuesto de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso deducido no cumple con el recaudo dispuesto en el artículo 3 -inciso 'b'
- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al no realizar un relato suficiente de las circunstancias relevantes del caso que estén relacionadas con las cuestiones que se invocan como de índole federal."
"Asimismo, no se cumplen con los recaudos dispuestos en los incisos 'd' y 'e' del mencionado artículo 3, en tanto, en los pretendidos fundamentos del recurso federal, no se efectúan planteos ni alegaciones suficientes contra los fundamentos expuestos por este Tribunal provincial."
"La recurrente no logra demostrar que en el caso se hubieran aplicado las disposiciones citadas ni que existiera un agravio en materia de actualización, intereses o monto de condena, además de que las insuficiencias en el planteo evidencian la falta de sustento del agravio."
"La Corte desestimó la presentación extraordinaria por no demostrarse un supuesto de afectación constitucional del derecho a la jurisdicción, y porque los planteos del recurso se limitaron a reiterar cuestiones ya tratadas y respondidas en las instancias anteriores, incumpliendo los requisitos de fundamentación y especificidad exigidos por la ley."
"Asimismo, se resaltó que las cuestiones discutidas son reservadas a los jueces ordinarios y no son de competencia del recurso extraordinario, por lo que la vía federal resulta inadmisible."
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