MANGOLD, ENRIQUE MARIO c/ CAJA DE PENSIONES SOCIALES LEY 5110 Y OTROS -RECURSO DIRECTO- s/ COMPETENCIA
La Corte Suprema de Santa Fe resolvió que la causa debe ser analizada por el fuero contencioso administrativo y no por el laboral, debido a la naturaleza previsional del reclamo y la competencia legal correspondiente. La decisión se basó en la interpretación de las leyes 5.110 y 11.330.
- Quién demanda: Enrique Mario Mangold
¿A quién se demanda?
Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110 y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento retroactivo de la pensión honorífica por Veterano de Guerra de Malvinas, con efectos desde dos años antes del reconocimiento en sede judicial en 2016, incluyendo actualización e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe declaró que el reclamo corresponde a la competencia del fuero contencioso administrativo y no del laboral, por tratarse de una materia previsional y por el alcance de las leyes aplicables. La causa fue reenviada al tribunal de origen para su sustanciación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El objeto del reclamo (el reconocimiento de efectos retroactivos a la pensión de honor concedida) implica analizar los alcances de un beneficio concedido por la Caja de Pensiones Sociales Ley 5.110, materia que prima facie, y por la especialidad escapa a los alcances de la jurisdicción del fuero laboral, correspondiendo a la Cámara Contencioso Administrativo". Además, se argumentó que "la circunstancia de que la ley 5.110 sea anterior a la ley 11.330 no modifica de manera alguna el razonamiento expuesto." La Corte remarcó que "el artículo 51 de la ley 10160 invocado por el actor para justificar la competencia del fuero laboral, no resulta aplicable al caso, puesto que la misma refiere al 'incumplimiento de leyes laborales', mientras que el caso que aquí nos ocupa versa sobre un reclamo de naturaleza previsional."
- Votos en disidencia: No se registran.
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