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ROBLEDO, MONICA ANDREA c/ BRAVO, MARIO RUBEN Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando las apelaciones y declarando desiertos los recursos de nulidad, en un caso de daños y perjuicios por accidente de tránsito con responsabilidad solidaria de conductores y aseguradoras.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Incapacidad Apelacion Nulidad Responsabilidad solidaria Valoracion de prueba Ley 6767

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Mónica Andrea Robledo, demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 29/07/2015, en el que resultó lesionada.
- Los demandados son Mario Rubén Bravo, Daniel Hillmann y las aseguradoras Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda. y Sura S.A.
- La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a abonar sumas indemnizatorias por daños, incapacidad, daño moral y gastos médicos, basándose en la responsabilidad objetiva del art. 1113 del Código Civil, y en la valoración de peritajes médicos y de la causa.
- La Cámara rechazó los recursos de apelación y nulidad, confirmando la decisión de grado, por considerar que los agravios no lograron demostrar errores o arbitrariedades en la fundamentación judicial.
- Se desestimaron los agravios relacionados con la cuantificación de la incapacidad, daño moral y la responsabilidad, sosteniendo que la valoración de la prueba y la determinación del porcentaje de incapacidad fueron ajustadas a derecho.
- La Cámara dispuso además que los honorarios de segunda instancia se liquidarán en proporción del 50% a cada parte, y que las costas de alzada se distribuyan en igual proporción. Fundamentos principales:
- La inadmisibilidad de los recursos de nulidad por falta de agravios autónomos que justifiquen su declaración de invalidez (arts. 125, 361, 364, 378 CPCC).
- La correcta aplicación del principio de responsabilidad objetiva del art. 1113 CC, ante la falta de prueba concluyente que exima a los conductores.
- La valoración de la prueba testimonial y documental, en particular los informes periciales médicos, que sustentan la cuantificación de la incapacidad y el daño moral.
- La doctrina que establece que la percepción de indemnización por parte de la ART en concepto de incapacidad no impide la liquidación adicional por daños en sede civil, descontando lo percibido previamente.
- La fundamentación en que la suma de daño moral y la indemnización por incapacidad resultan razonables y ajustadas a las circunstancias del caso, sin arbitrariedad ni errores de valoración.

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