CORDOBA, IVAN DARIO s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA
La Cámara de Apelaciones confirma la condena de 5 años de prisión por robo calificado con uso de arma, rechazando los agravios de la defensa y la fiscalía, y ratificando la valoración probatoria de la sentencia de primera instancia. La decisión se basa en la evidencia suficiente que prueba la responsabilidad del imputado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Iván Darío Córdoba, fue condenado como autor del delito de robo calificado por uso de arma, a una pena de cinco años de prisión, en una sentencia dictada el 11 de julio de 2024 por el Dr. Ariel Cattaneo. La defensa y la fiscalía interpusieron recursos de apelación contra diferentes aspectos de dicha sentencia. La defensa argumentó que no se cumplió con el art. 95 de la Constitución Nacional, alegando que no se valoró adecuadamente la prueba y que la versión del imputado no fue debidamente considerada. Indicó que en la aprehensión en Cañada de Gómez, la ropa secuestrada no correspondía al señalado por la víctima, y cuestionó la utilización de una llave cruz, señalando que su empleo habría causado lesiones mayores a las constatadas, además de que la dinámica de los hechos no fue correctamente interpretada. También sostuvo que la moto no fue apoderada ilegítimamente, y que la versión del imputado, de que creyó que Nardi intentaba robar su moto, debía ser aceptada. Por su parte, la fiscalía sostuvo que quedó acreditado que Nardi sufrió un traumatismo por golpe, que Córdoba fue detenido con la moto sustraída y que tanto Nardi como Bravo reconocieron al imputado como la persona que lo agredió con una llave cruz y logró la sustracción de la moto. La fiscal también resaltó la correcta calificación legal y solicitó un aumento en la pena, considerando la gravedad del delito y el riesgo físico para la víctima. El tribunal analizó los agravios y concluyó que la valoración probatoria fue correcta, que la evidencia acreditaba la responsabilidad del imputado en la sustracción y agresión, y que la versión de la defensa carecía de lógica y fundamentos suficientes. Asimismo, rechazó el pedido de aumento de pena y confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la pena de cinco años de prisión efectiva. Fundamentos principales: La valoración de las declaraciones de la víctima y testigos, junto con las pruebas objetivas como la recuperación de la moto, acreditan la responsabilidad del imputado. La vestimenta y las lesiones compatibles con el uso de la llave cruz corroboran la versión fiscal. La versión de la defensa no logra desvirtuar la evidencia, y la lógica de los hechos avala la decisión de la primera instancia. La inverosimilitud de la versión del imputado, la persecución policial y el secuestro de la motocicleta refuerzan la responsabilidad penal.
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