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T., J. M. s/ HOMICIDIO SIMPLE AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA COMETIDO CON EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA

La Cámara de Rosario revoca la condena de 6 años de prisión y absuelve al imputado por homicidio simple agravado, considerando que actuó en legítima defensa y bajo estado de necesidad, y ordena su inmediata libertad. La decisión se fundamenta en la valoración del cuadro de violencia previa y los riesgos reales en el hecho.

Violencia familiar Violencia de genero Legitima defensa Estado de necesidad Violencia domestica Homicidio agravado Apelacion penal Prueba pericial balistica Contexto de peligro Absolucion y libertad del imputado


¿Quién es el actor?

Ministerio Público de la Acusación (Fiscalía)
- A quien se demanda: J. M. T. (Imputado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la condena de 6 años por homicidio agravado y portación ilegítima de arma, y mantenimiento de las medidas de coerción.

¿Qué se resolvió?

Se deja sin efecto la condena y se absuelve al imputado, ordenando su libertad. La Cámara consideró que la conducta encuadra en la causal de justificación del art. 34, incisos tercero y sexto, del Código Penal, por considerar que actuó en legítima defensa ante un ataque inminente con armas blancas por parte de la víctima, en un contexto de violencia de género y amenazas previas, que el imputado conocía y que justificaron su reacción. La valoración de la prueba, incluyendo testimonios, informes balísticos y periciales, fue considerada adecuada y en línea con la perspectiva de género. La decisión también revoca el decomiso de la motocicleta y cesa toda coerción sobre el imputado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los sentenciantes efectuaron un amplio y detallado relato de los hechos que precedieron a los disparos que concluyeron con la muerte de L., considerando que la conducta del imputado fue en defensa de su madre y su hermano menor, en un contexto de violencia de género y amenazas previas. La prueba balística y pericial, en particular los informes de Brachetta, permitieron reconstruir la dinámica, concluyendo que la víctima se abalanzó con arma blanca y que los disparos fueron en reacción a esa agresión ilegítima. La valoración de la prueba mostró que el imputado actuó en un estado de necesidad justificante, y que la conducta fue proporcional y racional ante la situación de peligro. La apelación fiscal fue rechazada por insuficiencia de pruebas y por considerar que la conducta del imputado se ajustó a la causa de justificación del art. 34 del Código Penal. La defensa, en cambio, logró demostrar la existencia de un cuadro de violencia previa y la inminencia del peligro, en virtud de testimonios y antecedentes que permitieron concluir que la reacción fue razonable y proporcional."

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