RODA, GABRIEL LAUTARO; MERLO, DAVID EZEQUIEL; NOGUERA, HECTOR DANIEL; VILLARRUEL, RODRIGO DANTE Y CORBERA, JUAN EDUARDO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, TENTATIVA DE HOMICIDIO AGRAVADO, HOMICIDIO CALIFICADO POR EL CONCURSO PREMEDITADO DE DOS O MAS PERSONAS, PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA Y PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena a varios imputados por delitos de homicidio y lesiones, rechazando los agravios de las defensas en su mayoría, salvo la absolución específica de Noguera respecto a un hecho. La decisión se fundamenta en la valoración racional de la prueba y en la existencia de un contexto de disputa entre bandas criminales en Villa Gobernador Gálvez.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones de Santa Fe analizó diversos recursos de las defensas en causas complejas relacionadas con delitos de homicidio, tentativa, y delitos conexos en el marco de una disputa territorial entre bandas narcocriminales en Villa Gobernador Gálvez. La sentencia de primera instancia condenó a Héctor Daniel Noguera, David Merlo, Rodrigo Villarruel y Juan Eduardo Corbera, entre otros, por hechos donde se acreditó la participación en ataques armados, balaceras, y asesinatos, en un contexto de enfrentamientos entre organizaciones rivales. La Sala valoró la prueba testimonial, pericial, y digital, concluyendo la existencia de un patrón de conducta delictiva, la premeditación y la coordinación entre los imputados, en un escenario de violencia sistemática. Los agravios de las defensas centraron en la supuesta arbitrariedad en la valoración probatoria, omisiones de pruebas de descargo, errores en la interpretación de los hechos, y en la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua. La Cámara rechazó la mayoría de estos planteos, confirmando la sentencia en sus fundamentos y en la valoración de la prueba, salvo la absolución de Noguera respecto del hecho N° 7 (homicidio de César Nicolás Varela), en el cual consideró que no existieron pruebas suficientes que lo vincularan con ese delito en particular. La decisión también reafirmó la constitucionalidad y legalidad de la pena de prisión perpetua, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el derecho internacional, en particular la doctrina del fallo "Guerra". La resolución concluye que los hechos probados y las circunstancias del proceso justifican las condenas y las penas impuestas, y que los agravios de las defensas no logran desvirtuar las sólidas fundamentaciones de la sentencia de grado.
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