CASCO, FABIAN Y OTROS c/ BEARZOT, NICOLAS GUILLERMO Y OTROS -MEDIDA PREPARATORIA- s/ COMPETENCIA
La Corte Suprema de Santa Fe resolvió que el Juzgado Unipersonal de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual Nro. 5 de Santa Fe continuará con la causa, en atención a la vigencia de la ley 14.264 y las reformas en la competencia jurisdiccional, confirmando la competencia de dicho juzgado para el trámite de la causa.
- Quién demanda: Fabian Casco y otros
¿A quién se demanda?
Nicolás Guillermo Bearzot y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medidas preparatorias para una futura demanda de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual
¿Qué se resolvió?
La causa será entendida por el Juzgado Unipersonal de Primera Instancia de Distrito de Responsabilidad Extracontractual Nro. 5 de Santa Fe, en virtud de las reformas introducidas por la ley 14.264 y la normativa vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La ley 14.264, sancionada en 2024, en su artículo 42 reformado, dispone que los jueces de Primera Instancia de los actuales Circuitos N° 1 de Santa Fe y N° 2 de Rosario serán jueces de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, con excepción de un juez en el Distrito N° 2, que será juez Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual." "El artículo 30 de la ley 14.264, modificando el artículo 542 del Código Procesal Civil y Comercial, asigna competencia a los Juzgados Unipersonales de Responsabilidad Extracontractual en causas relativas a hechos ilícitos, acciones posesorias y de despojo." "La presente causa debe radicarse ante el Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual Nro. 5, en línea con lo dispuesto en la normativa vigente y el Acuerdo Nro. 49 del 3.12.2024 que implementó la operatividad de los nuevos juzgados unipersonales." "Los juicios en trámite ante los Juzgados de Circuito relativos a responsabilidad extracontractual continuarán en el mismo juzgado, pero las causas nuevas deben iniciarse directamente ante los órganos jurisdiccionales competentes."
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