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CALLEGARI, PABLO FERNANDO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CALLEGARI, PABLO FERNANDO s/ ESTAFA s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Pablo Fernando Callegari contra la resolución que confirmó el rechazo a la suspensión del procedimiento a prueba, argumentando que los agravios no configuran arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales.

Arbitrariedad Recurso de queja Interpretacion normativa Principio de inocencia Constitucionalidad Principios constitucionales Derechos del imputado Decision judicial fundada Santa fe. Suspension del procedimiento a prueba


- Quién demanda: La defensa de Pablo Fernando Callegari

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (recurso de queja)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisión del recurso de inconstitucionalidad por considerar que la resolución judicial afectaba principios constitucionales, en particular el principio de inocencia y la fundamentación de la decisión.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó la queja, confirmando que los agravios no constituyen cuestiones constitucionales, que la resolución de la Cámara de Apelaciones fue fundada en interpretaciones razonables de la ley y que no existe arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, no obstante el esfuerzo argumental de la interesada, sus postulaciones sólo denotan el mero disenso para con el modo en que fueron interpretados por la Alzada los requisitos de procedencia de la suspensión del procedimiento a prueba, es decir, respecto de la hermenéutica asignada por los Jueces de la causa a normas de derecho común y procesal a la luz del caso puesto a su consideración." "Y sabido es que tales planteos no constituyen cuestión constitucional alguna cuando -como ocurre en el presente
- la Magistrada, al confirmar el rechazo del instituto peticionado, brindó motivos suficientes para considerar que resultaba justa y adecuada a derecho la decisión de grado." "Así las cosas, la pretensión recursiva no logra traspasar el umbral de la admisibilidad, puesto que la tesis seguida por la Alzada simplemente se inscribió en una de las posibles interpretaciones que, no obstante no conformar a la recurrente, no aparece como ilegal, absurda o irrazonable." Seguidamente, se concluye que no existieron elementos que configuren arbitrariedad o afectación de derechos constitucionales, por lo que la queja fue rechazada en la instancia constitucional.

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