GONZALEZ BRIAN JOSUE, GIMENEZ FABIO ALEJANDRO, BERNAL JOANA MABEL, REYNOSO URIEL ALEJANDRO Y PONCE GERMAN ROBERTO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y CALIFICADO POR HABER SIDO COMETIDO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA. HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO POR HABER SIDO COMETIDO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA Y CON EL CONCURSO PREMEDITADO DE DOS O MAS PERSONAS EN GRADO DE TENTATIVA. PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA Y ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACION DOLOSA.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena por homicidio agravado, estableciendo la participación de los acusados en la planificación y ejecución de los hechos delictivos, y rechazando los agravios relacionados con la legalidad de las pruebas y la calificación jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analizó las apelaciones interpuestas por las defensas de los imputados, en particular la de Fabio Giménez, y las de Brian González, Uriel Reynoso, Joana Bernal y Germán Ponce, respecto de la legalidad probatoria, la imputación, la calificación jurídica y la pena impuesta. La sentencia de primera instancia los condenó por delitos de homicidio agravado por uso de arma de fuego, promesa remuneratoria y concurso premeditado de dos o más personas, además de tentativa de homicidio y encubrimiento. La Cámara sostuvo que las pruebas, en particular las intervenciones telefónicas, las cámaras de seguridad y las conversaciones analizadas en conjunto, acreditan la participación activa y la planificación previa de los hechos delictivos. Se valoró que las comunicaciones telefónicas, identificadas con precisión, vinculaban a los imputados con los hechos, y las evidencias materiales como la motocicleta y el papel con datos de las víctimas fortalecían la certeza de la responsabilidad. La defensa cuestionó la legalidad de las escuchas y la valoración de la prueba, pero el tribunal concluyó que el conjunto probatorio fue suficiente y válido, y que la calificación penal se ajustaba a los hechos acreditados. La pena de prisión perpetua para Giménez y la pena de 14 años para Ponce fueron mantenidas, considerando la gravedad de los delitos, la participación y la planificación previa. La resolución fue adoptada por mayoría, rechazando los agravios y confirmando la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
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