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P., J. A. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VINCULO EN CARACTER CONSUMADO Y EN CONCURSO REAL EN UN NUMERO INDEFINIDO DE VECES.

La Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó la condena de 14 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado a un padre, tras valorar la prueba y las testimoniales que sostuvieron la versión de la víctima y la responsabilidad del acusado.

Dano psicologico Abuso sexual infantil Derechos de la victima Prueba testimonial y pericial Valoracion probatoria Camara de apelaciones Sentencia confirmada Responsabilidad penal Responsabilidad del padre Pena de 14 anos.


- Quién demanda: La Fiscalía y la parte acusadora representada por profesionales interdisciplinares.

¿A quién se demanda?

J. A. P., por abuso sexual con acceso carnal agravado y en concurso real en múltiples ocasiones.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La condena por los hechos de abuso sexual y la valoración de las pruebas que lo incriminan; también la revisión de la pena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a P. a 14 años de prisión, considerando la credibilidad del relato de la víctima, los informes periciales, testimonios y las constancias fácticas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El relato de la víctima, M., fue considerado espontáneo, contundente y sostenido en todas las instancias, con detalles temporales y modalidades que fortalecen su credibilidad. Las pruebas periciales, testimoniales y psicológicas, así como el contexto de vulnerabilidad y manipulación, respaldan la responsabilidad del imputado. La valoración de la prueba realizada por los jueces de grado, en aplicación de la sana crítica racional, resulta adecuada y suficiente para sostener la condena." "Asimismo, la sentencia tuvo en cuenta las secuelas y daños padecidos por la víctima, como crisis de angustia, intentos de suicidio, alteraciones en su vida escolar y social, y la relación asimétrica y de control ejercida por el padre, que se evidencian en las pericias y testimonios." "Respecto a la pena impuesta, el tribunal valoró adecuadamente las circunstancias agravantes y atenuantes, sin que exista arbitrariedad o desproporcionalidad. La decisión de mantener los 14 años de prisión se sostiene en la gravedad del delito y las consecuencias para la víctima." "Los agravios de la defensa, centrados en la supuesta valoración arbitraria de la prueba y en la inexistencia de ADN, no logran desvirtuar la solidez del conjunto probatorio y la lógica racional del fallo."

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