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CANELLA, OSCAR MARCELO c/ SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Rosario revocó la sentencia de primera instancia y declaró la prescripción de la acción por daños y perjuicios en un caso de seguro, pero admitió la demanda por invalidez parcial, ordenando el pago de la suma asegurada actualizada y con intereses. La decisión se fundamenta en la interpretación de los plazos de prescripción en relación con la normativa vigente y el contexto económico.

Intereses Danos y perjuicios Actualizacion monetaria Prescripcion Contrato de seguro Proteccion del consumidor Ley 24.240 Recursos de apelacion. Ley 26.361 Invalidez parcial


- Quién demanda: Oscar Marcelo Canella

¿A quién se demanda?

SMG Life Seguros de Vida S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de suma asegurada por invalidez parcial del 12% tras siniestro ocurrido el 25.04.2014, en virtud de un seguro colectivo de vida.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la declaración de prescripción de primera instancia, considerando que el plazo aplicable es de tres años según la ley 24.240 modificada por la ley 26.361, y no el año previsto en la ley 17.418; además, admitió la demanda y ordenó el pago de la suma asegurada ajustada por CER y tasas, con intereses desde la denuncia del siniestro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La ley 26.994 modificó la ley 24.240 en relación con los plazos de prescripción y, en materia de seguros considerados como contratos de consumo, el plazo de prescripción es de tres años, según la interpretación armónica del ordenamiento jurídico vigente. La modificación normativa fue guiada por la intención de unificar y fortalecer la protección del consumidor, estableciendo reglas coherentes y compatibles con el sistema del Código Civil y Comercial. La interpretación del artículo 50 de la ley 24.240, en su redacción actual, favorece la aplicación del plazo de tres años y no el de un año o cinco años, en línea con la finalidad del sistema legal de protección del usuario. La acción no estaba prescrita al momento del reclamo, siendo procedente la reclamación por invalidez, y la suma asegurada debe ajustarse para reflejar la pérdida de valor monetario por inflación. Se rechazó el recurso de nulidad y se impusieron las costas a la parte vencida. La actualización de la suma asegurada se realizó mediante CER y tasas del sistema asegurador, considerando la depreciación monetaria y los mecanismos de ajuste previstos en la legislación y reglamentación del sector.

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