D. T., J. M. Y OTROS c/ IAPOS Y OTROS -RECURSO DE AMPARO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la revocación de una sentencia que rechazó un amparo por cobertura de tratamiento en un menor con discapacidad. La decisión se fundamentó en que los argumentos del recurrente ya fueron resueltos en instancias anteriores y no constituyen cuestiones constitucionales nuevas.
- Quién demanda: La actora, en representación del menor con discapacidad, promovió un recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que revocó una decisión de primera instancia que había concedido un amparo para cobertura de tratamiento.
¿A quién se demanda?
La resolución de la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la sentencia por considerar que vulnera derechos constitucionales del menor, incluyendo el acceso a la justicia, el derecho a la salud y a la vida, y alegando que la negativa a la cobertura del tratamiento viola principios constitucionales y derechos internacionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial rechazó la queja, confirmando que los planteos del recurrente son una mera discrepancia con fundamentos ya analizados y resueltos en instancias anteriores, sin presentar cuestiones constitucionales nuevas. La Corte destacó que la resolución recurrida se sustentó en criterios científicos y jurídicos ya establecidos, y que las alegaciones del recurrente no configuran un apartamiento de la jurisprudencia constitucional ni un cuestionamiento de fondo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la lectura de los argumentos traídos a consideración de este Tribunal en el memorial del recurso de inconstitucionalidad, en confrontación con la resolución atacada, se advierte la mera discrepancia de la compareciente con los fundamentos expuestos por la Sala para hacer lugar al recurso de apelación, sin que logre perfilar una cuestión constitucional que habilite la apertura de la instancia extraordinaria pretendida.
Es que, la actora en el escrito recursivo se limita a reeditar los argumentos expuestos en las instancias ordinarias, y que ya tuvieron debida respuesta por parte de la Cámara al resolver de conformidad con los lineamientos brindados por esta Corte en el decisorio de fecha 5.9.2023.
Nótese al respecto que la presentante cita lo dictaminado por el Procurador General al evacuar la vista oportunamente ordenada, e insiste con la alegada vulneración de los derechos constitucionales que le asisten al menor; sin embargo, estas cuestiones ya fueron consideradas por la Alzada al emitir el pronunciamiento objetado en virtud del reenvío dispuesto por este Cuerpo al resolver el recurso de inconstitucionalidad opuesto por la accionada (A. y S. T. 329, pág. 303).
A modo de síntesis, se recuerda que en dicho antecedente esta Corte destacó: "de la misma instrumental ofrecida por la amparista en miras de explicar en qué consiste la llamada terapia del sonido -que incluye el método Tomatis
- surge que 'aunque algunos individuos han report
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: