DIALE, AGUSTINA SOLEDAD s/ LAVADO DE ACTIVOS
La Cámara de Rosario modifica la resolución de la jueza de primera instancia y establece un veedor judicial y la certificación de un contador para garantizar la continuidad de la empresa ATE SRL, priorizando el control del patrimonio y las obligaciones laborales y fiscales. La medida busca equilibrar la lucha contra el lavado de activos y la preservación económica de la firma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Agustina Soledad Diale apela la resolución que dispuso la inmovilización de las cuentas bancarias de ATE SRL, alegando perjuicios económicos, la falta de avances en la causa y la existencia de un giro comercial real. La imputada, socia gerenta, argumenta que la inmovilización afecta su actividad y la subsistencia de su familia, y que la empresa cumple con sus obligaciones y tiene una clientela activa y bancarizada. La fiscalía sostiene que la empresa es pantalla para lavado de dinero, utilizada para ocultar bienes y monopolizar servicios mediante extorsiones, con evidencia de conductas delictivas relacionadas con la asociación ilícita y el lavado de activos. La jueza de primera instancia rechazó alternativas menos gravosas, como un control judicial, debido a que la defensa no aportó datos veraces sobre empleados y deudas. La Cámara de Rosario, tras analizar la complejidad del caso y el estado de la empresa, decide modificar la cautelar y ordenar un veedor judicial, con control de un contador, para garantizar la continuidad operativa y la protección del patrimonio, en línea con los objetivos preventivos y de resguardo de derechos de terceros, en un plazo de 180 días.
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