VIANO, DORA MABEL Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE Y OTROS s/ PROCESOS RESPONSABILIDAD CIVIL Y EXTRACONTRACTUAL
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechazó el recurso de apelación extraordinario interpuesto por la Provincia de Santa Fe en una causa por daños y perjuicios por fallecimiento. La sentencia de primera instancia fue confirmada al considerar que no se configuraba la causal de incongruencia alegada, ya que la pretensión de los actores fue claramente por daños derivados de la muerte de su hijo, y la sentencia abordó dicha pretensión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Dora Mabel Viano y otros, en representación de sus intereses por daños y perjuicios derivados de la muerte de su hijo Diego Ariel Sequeira. A quién se demanda (Demandado): Provincia de Santa Fe, entre otros. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Indemnización por daños morales y patrimoniales por la muerte del hijo, incluyendo daño moral por el padecimiento y daño material conforme a los artículos 1084 y 1085 del Código Civil. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara de Apelaciones desestimó el recurso de apelación extraordinario por no configurarse la causal de incongruencia prevista en el art. 42 inciso 2 de la Ley 10.160, revocando así la concesión del recurso y declarando su inadmisibilidad. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analizó la pretensión de los actores, que consistía en resarcir daños por la muerte de su hijo, y concluyó que la sentencia apelada había abordado correctamente esa pretensión, aunque el tribunal a quo hubiera mencionado aspectos técnicos relacionados con la responsabilidad del Estado. La sentencia de primera instancia resolvió en base a que la responsabilidad del Estado por la muerte del interno derivaba de su obligación de velar por la vida y la integridad física, y la pretensión de los actores fue claramente por daños derivados de esa muerte. El tribunal consideró que no existía una incongruencia objetiva entre la pretensión y la resolución judicial, ya que la demanda solicitaba la indemnización por la muerte y la sentencia había analizado esa cuestión, por lo que no procedía la vía extraordinaria. Los jueces Dellamónica y Barberio coincidieron en revocar la concesión del recurso y declararlo inadmisible, mientras que el juez Depetris se abstuvo por concordancia con sus colegas.
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